Wednesday, 16 May 2018

¿SL o Autónomos?: Cuál es mejor para empezar a emprender

Si eres emprendedor y quieres crear tu propio negocio, debes conocer las diferentes opciones jurídicas que tienes para poder elegir la que mejor se ajusta a tus necesidades económicas, personales y comerciales.

Una de las dudas más recurrentes es si optar por una S.L. o darse de alta como autónomo. ¿Cuál de las dos figuras es más ventajosa? Todo va a depender del tipo de actividad y del modelo de negocio que hayas elegido para emprender.

Por eso, en este artículo y desde nuestra experiencia en asesoramiento jurídico te vamos a explicar cuáles son las principales diferencias entre las dos formas jurídicas más comunes en España, los autónomos y las sociedades limitadas.

Comparación Sociedad Limitada y Autónomos

Costes de gestión

Para los autónomos, el coste de gestoría es bastante inferior que el de las sociedades limitadas, ya que los trabajos de contabilidad son más sencillos. Además, desde que se introdujo la tarifa plana, durante el primer año (y en algunos casos el segundo y tercer año), la cuota de autónomos se rebaja, llegando a ahorrarse unos 3.500 euros.

Aportación económica

Según Stelorder

"Para crear una sociedad limitada, se debe aportar un capital social mínimo de 3000,06 €. Para ser autónomo no se necesita aportar ninguna cantidad.
Ahora bien, ese capital social hay que depositarlo en el banco, obtener el resguardo correspondiente y a continuación, se puede disponer de él para los gastos e inversiones del negocio."

Responsabilidad

Es la principal desventaja del autónomo respecto a la Sociedad Limitada: su responsabilidad ilimitada. A pesar de que existe la figura del emprendedor de responsabilidad limitada, en la mayoría de los casos, el empresario individual responde con su patrimonio personal por las deudas generadas durante el desarrollo de su actividad.

Por eso, si eres autónomo y estás casado en bienes gananciales, antes de empezar, te podría interesar hacer una separación de bienes para no perjudicar a tu familia en caso de pérdidas.

La mencionada figura del emprendedor de responsabilidad limitada permite, tras el cumplimiento de unos requisitos, que el autónomo pueda desarrollar su actividad, teniendo protegido su patrimonio en caso de pérdidas.

La S.L, sin embargo, es de responsabilidad limitada, por lo tanto los socios sólo responderán con el patrimonio de la sociedad. De esta forma, su patrimonio personal estará siempre protegido.

Constitución de la empresa

Crear una S.L tiene costes de escrituras, trámites y capital social que no tiene el autónomo.

Además, si quieres iniciar la actividad rápidamente, el autónomo puede hacerse de inmediato, en un solo día, mientras que una empresa te llevará algo más de tiempo, alrededor de un mes.

Cuidado con adquirir una empresa inactiva para acelerar el tiempo de tramitación, ya que pueden tener cuentas o asuntos pendientes y, en algunos casos, puede ser contraproducente.

Tributación

"El autónomo, una vez se haya dado de alta y comience su actividad, tributará por el IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) de manera gradual. Esto es, a mayores beneficios, mayor porcentaje de impuestos.

No obstante, existen descuentos en esta cuota del IRPF. En caso de que seas nuevo autónomo, la retención a practicar será de un 7% durante los tres primeros años. Pasado ese plazo, la retención será del 15%. Mismo porcentaje al que se podrán acoger aquellos autónomos que ganen menos de 15.000€ anuales. A estas cantidades hay que sumar la cuota de autónomos.

A diferencia de los autónomos, las sociedades tributan por el Impuesto de Sociedades, IS, querel funciona con un tipo fijo del 25%. Para apoyar y fomentar la creación de sociedades, existen beneficios para las entidades de nueva creación. Así, durante el primer año, estas nuevas sociedades tendrán un gravamen del 15%." Leer más.

Es importante tener en cuenta que, en caso de los autónomos, ese 7% o 15% es el porcentaje que inicialmente hay que retener en las facturas (y que se liquida trimestralmente), pero eso no significa que sea el porcentaje final de impuestos que haya que abonar. La cantidad final se sabrá una vez hecha la declaración de la renta (Impuestos del IRPF), donde en función de los ingresos y gastos declarados, así serán los impuestos finales.

Si la cantidad final es inferior a lo que el autónomo ha estado abonando a lo largo del año, le abonarán la diferencia. Si por el contrario es superior, tendrá que abonar la diferencia.

Por esta razón, se estima que, fiscalmente hablando, es más ventajoso ser una S.L cuando los beneficios del negocio superen los 40.000 €. A partir de esa cantidad, se paga más impuestos como autónomo que como S.L.

Facilidad de acceso a financiación bancaria

En principio, a las S.L les resulta más fácil acceder a créditos bancarios, ya que sus cuentas son más claras y precisas y generan más confianza económica. Pero esto no quiere decir que se lo concedan al instante, ya que en ambos casos es fundamental tener un aval o garantía.

Imagen comercial

Al igual que el apartado anterior, las S.L dan una imagen más profesional de empresa fuerte y solvente, por lo que a nivel comercial muchas veces son la opción más indicada.

Como has podido comprobar, ambas figuras tienen sus ventajas e inconvenientes. Lo mejor es analizar tu situación concreta y ver qué es lo que más te conviene en este momento. En Tramitalia Alcobendas - Asesoría y Gestoría en Alcobendas (Madrid) te podemos asesorar. ¡Ponte en contacto con nosotros!

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