Monday, 19 March 2018

La letra pequeña de la tarifa de 50 euros para autónomos

¿Tienes como objetivo este año ser tu propio jefe? Perfecto, ahora es más ventajoso que nunca porque con la nueva Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, se amplía la tarifa plana de 50€ de seis meses a un año. ¡Ya no tienes excusa para no emprender!

Esta medida fue ideada para fomentar el autoempleo y lleva ayudando a los nuevos autónomos desde el 2013, aunque también ha causado fuertes polémicas, sobre todo por sus cambios y letras pequeñas.

¿Quieres saber en qué consiste la tarifa de 50 euros para autónomos y cuál es su letra pequeña? Te lo explicamos.

¿Qué bonificaciones hay y durante cuánto tiempo?

Con la nueva ley, los autónomos que se den de alta durante el 2018 en la Seguridad Social y que elijan cotizar por la base mínima, se beneficiarán de una cuota reducida de 50 €/mes durante los primeros 12 meses. Esto supone un ahorro de 2700 euros durante el primer año.

Este ahorro viene muy bien para cubrir holgadamente los gastos de emprendimiento durante el primer año, que siempre es el más duro. Pero aún hay más. Durante el segundo año de actividad, la bonificación durante el primer semestre es de un 50% de la cuota y de un 30% el segundo semestre.

Además, en el caso de que seas hombre menor de 30 años o mujer menor de 35, y te hayas beneficiado de la tarifa plana durante estos dos años, tendrás una bonificación adicional del 30% durante un año más.

Las personas discapacitadas, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, podrán beneficiarse de una reducción del 80% durante los 12 primeros meses y del 50% los 48 meses siguientes, por lo que la bonificación se extiende hasta los 4 años.

Si ya eres autónomo, pero no cumples los requisitos para beneficiarte de todo lo anterior expuesto, puedes recibir un 80% de descuento sobre la base mínima, durante un año, si optas por una cotización superior. Pasando a una reducción del 50% en el primer semestre del segundo año de actividad y un 30% en el segundo semestre.

¿Quién se puede acoger a esta ampliación?

Nosotros desde nuestra asesoría laboral en Alcobendas, te informaremos siempre si puedes o no acogerte a esta ampliación. Por resumir y hacértelo fácil:

Puedes beneficiarte de esta tarifa plana si eres un nuevo autónomo o si no lo has sido en los últimos dos años (o tres en caso de que anteriormente hayas disfrutado de una bonificación y quieran volver a acogerse), a excepción de las madres autónomas, que no tienen que esperar los 2 años.

Las cooperativas de trabajo asociado también pueden beneficiarse de la tarifa plana.

En principio, los autónomos societarios no tienen derecho a disfrutar de esta tarifa plana, aunque se han dado varios casos de sentencias judiciales que han otorgado este derecho al autónomo.

¿Cuál es la letra pequeña de la tarifa de 50 euros para autónomos?

“Hasta ahora, aunque un autónomo se diera de baja del RETA por cesar su actividad económica, si se volvía a dar de alta en el futuro, y la nueva fecha de alta estaba todavía en algún tramo de la tarifa plana de 50 euros que había disfrutado con anterioridad, los funcionarios de la Seguridad Social seguían considerando a este autónomo con derecho a recibir la reducción en su cuota. Siguiendo este criterio, actuaban como si el contador de tramos de la tarifa no se hubiera paralizado y aplicaban la cuota correspondiente al tramo.

Pero a partir de ahora, un autónomo beneficiario de la tarifa plana de 50 euros que se dé de baja del RETA, no podrá recuperar la bonificación en el futuro, hasta que no pasen 3 años.” Leer más.

Con este cambio, se obstaculiza a los autónomos que deseen reemprender otro proyecto si ha fracasado el primero, algo que suele suceder a menudo. Y aunque los trabajadores que no facturen todos los meses se pueden dar de baja y alta hasta 3 veces en el mismo año, si ya estás disfrutando de la tarifa plana, no es buena idea darse de baja, pues se perderán todas las bonificaciones.

Asimismo, hay que tener en cuenta que la tarifa plana no es retroactiva, esto quiere decir que si te has dado de alta como autónomo antes del 1 de enero de 2018, no se te aplicará la ampliación de los 50€ durante seis meses más.

Y por si tienes ganas de saber más acerca de esta nueva Ley de autónomos, en este vídeo se explica todo detalladamente.

De todas formas, si tienes alguna duda sobre la nueva ley de autónomos, ponte en contacto con nosotros y te la resolveremos:

Tramitalia Alcobendas - Asesoría y Gestoría
Calle de la Libertad, 35, 28100 Alcobendas, Madrid
914 21 35 62

La letra pequeña de la tarifa de 50 euros para autónomos fue por primera vez visto en

No comments:

Post a Comment